Desde noviembre de 2012, es ilegal en la Ciudad de Panamá alquilar su casa o departamento por menos de 45 días. La Ley 80 (2012) aplica multas a aquellos que ofrecen alquileres a corto plazo en el distrito de la ciudad. La Autoridad de Turismo aplica estrictamente esta ley. Estas multas varían de 5,000 a $ 50, 000,00. Esta prohibición incluye anunciar la propiedad en línea, por ejemplo: una lista de Airbnb, sublet.com o vacationrentals.com. Tenga en cuenta que esto solo se aplica al distrito de Panamá.
Desde nuestra llegada estamos anuentes a los reportes de la práctica de arrendamiento a través de plataformas como airbnb, lamentablemente a la fecha estas prácticas se había dado seguimiento sin resultados, nosotros hemos asistido a la casa de paz, MIVIOT y las entidades correspondientes para conocer el debido proceso para las denuncias respectivas.
Agradecemos a los propietarios involucrarse en el proceder de sus arrendatarios cuando la administración levanta la voz de alerta y aquellos que a título de propietario se dedican a esta práctica, pedir el apoyo para la comunidad y preservar el tipo de propiedad horizontal en la cual se convive de tipo residencial. Preservar la seguridad de la comunidad es tarea de todos y no es cómodo, ni correcto, mantener este tránsito de personas desconocidas en las áreas comunes de la propiedad.
La administración basado en el debido proceso levantará la alerta respectiva al propietario, realizará los llamados de atención y registrara el movimiento inusual en bitácora de garita todo este proceso será llevado ante juez de paz quien deslindará e investigará de acuerdo a las pruebas y la potestad de las debidas denuncias ante las autoridades competentes.
Agradecemos recordar lo indicado en la ley 284 del 14 de febrero de 2022.
Artículo 56. Los propietarios serán responsables en lo referente a la participación, conservación y mantenimiento de la propiedad horizontal, teniendo, como mínimo, las siguientes obligaciones:
1..
2..
3. Utilizar las áreas comunes y privativas de la propiedad horizontal según su destino y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Copropiedad y Reglamento de Uso.
Agradecemos el apoyo para regular esta práctica que pone en riesgo la pacífica y sana convivencia de la P.H.
Adjuntamos para conocimiento general la ley 80, 2012.
Algunas secciones están en desarrollo, en breve estarán disponibles.
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